Términos y condiciones de compra

Condiciones de compra de Jumag Dampferzeuger GmbH

Aplicable en operaciones comerciales con empresarios, personas jurídicas de derecho público y fondos especiales de derecho público.

1. GENERALIDADES

Se aplicarán exclusivamente nuestras condiciones de compra; solo reconoceremos las condiciones generales del proveedor que entren en conflicto o se desvíen de nuestras condiciones de compra en la medida en que las hayamos acordado expresamente por escrito. La aceptación de bienes o servicios del Proveedor (en adelante: objeto del contrato) o su pago no implica el consentimiento.

2. CELEBRACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

2.1 Los pedidos, los contratos y los calendarios de entrega, así como sus modificaciones y suplementos, deben realizarse por escrito.

2.2 Los acuerdos verbales de cualquier tipo -incluidas las modificaciones y suplementos posteriores de nuestras Condiciones de Compra- requieren nuestra confirmación por escrito para ser efectivos.

2.3 La forma escrita también se cumple por transmisión de datos a distancia o por fax.

2.4 Las estimaciones de costos son vinculantes y no deben ser remuneradas a menos que se acuerde expresamente lo contrario.

2.5 Si el proveedor no acepta el pedido dentro de las dos semanas siguientes a su recepción, tendremos derecho a revocarlo.

2.6 Las reclamaciones de entrega en el marco de un pedido y de una planificación de reclamaciones serán vinculantes si el proveedor no se opone en el plazo de dos días laborables a partir de la recepción.

3. ENTREGA

3.1 Las desviaciones de nuestros contratos y pedidos solo están permitidas con nuestro consentimiento previo por escrito.

3.2 Las fechas y plazos acordados son vinculantes. La recepción de la mercancía por nuestra parte será determinante para el cumplimiento de la fecha de entrega o del plazo de entrega. Si no se ha acordado la entrega "libre de obras" (DAP o DDP de acuerdo con los Inco-terms 2010), el proveedor deberá poner la mercancía a disposición con la debida antelación, teniendo en cuenta el tiempo de carga y expedición que se acuerde con el transportista.

3.3 Si el proveedor ha llevado a cabo la instalación o el montaje, y a menos que se acuerde lo contrario, el proveedor correrá con todos los gastos auxiliares necesarios, como los gastos de viaje, la provisión de herramientas y las dietas, sin perjuicio de las disposiciones divergentes.

3.4 Si no se cumplen los plazos acordados, se aplicarán las disposiciones legales. Si el proveedor prevé dificultades con respecto a la producción, el suministro de insumos, el cumplimiento de la fecha de entrega o circunstancias similares que puedan impedirle entregar a tiempo o con la calidad acordada, el proveedor deberá notificarlo inmediatamente a nuestro departamento de pedidos. 

3.5 La aceptación incondicional de la entrega o servicio retrasado no constituirá una renuncia a las reclamaciones de indemnización a las que tenemos derecho a causa de la entrega o servicio retrasado; esto se aplicará hasta el pago completo de la remuneración que nos corresponde por la entrega o servicio en cuestión. 

3.6 Por lo general, no se permiten las entregas parciales, a menos que las hayamos acordado expresamente o que sean razonables para nosotros. 

3.7 Salvo que se demuestre lo contrario, los valores determinados por nosotros durante la inspección de entrada de mercancías serán determinantes para las cantidades, pesos y dimensiones. 

3.8 Tenemos derecho a utilizar el software que forma parte del volumen de suministro del producto, incluida su documentación, en la medida en que lo permita la ley (§§ 69a ss. UrhG). 

3.9 También tendremos derecho a utilizar dicho software, incluida la documentación, con las características de rendimiento acordadas y en la medida necesaria para el uso del producto de acuerdo con el contrato. También podemos hacer una copia de seguridad sin acuerdo expreso. 

4. FUERZA MAYOR

4.1 Los casos de fuerza mayor, las perturbaciones operativas no imputables a nosotros, los disturbios, las medidas oficiales y otros acontecimientos inevitables nos eximen de la obligación de aceptación puntual mientras duren. Durante estos eventos y dentro de las dos semanas siguientes a su finalización, tenemos derecho -sin perjuicio de nuestros otros derechos- a rescindir el contrato total o parcialmente, siempre que estos eventos no sean de duración insignificante y nuestras necesidades se reduzcan significativamente debido a la necesidad de adquirir las mercancías en otro lugar como resultado. 

4.2 Las disposiciones de la cláusula 4.1 se aplicarán también en caso de conflicto laboral. 

5. AVISO DE ENVÍO Y FACTURA

Se aplicarán los datos de nuestros pedidos y plazos de entrega. La factura se enviará en un solo ejemplar a la dirección respectiva impresa en ella, indicando el número de factura y otras características de asignación; no debe adjuntarse a los envíos. 

6. FIJACIÓN DE PRECIOS Y TRANSFERENCIA DE RIESGOST

Si no se ha llegado a un acuerdo especial, los precios deben entenderse como entregados en el lugar indicado (DAP según Incoterms 2010) incluyendo el embalaje. El impuesto sobre el valor añadido no está incluido. El proveedor asumirá el riesgo material hasta la aceptación de la mercancía por nuestra parte o por la de nuestro agente en el lugar en el que la mercancía deba ser entregada de acuerdo con el pedido. 

7. CONDICIONES DE PAGO

Salvo que se acuerde lo contrario, la factura se pagará en un plazo de 20 días con un descuento del 3% o en un plazo de 30 días sin descuento a partir de la fecha de vencimiento de la solicitud de pago y de la recepción tanto de la factura como de la mercancía o de la prestación del servicio. El pago se efectuará con sujeción a una auditoría.

8. RECLAMACIONES POR DEFECTOS Y RECURSOS

8.1 La aceptación estará sujeta a una inspección para comprobar la ausencia de defectos, en particular también la corrección y la integridad, en la medida en que sea posible en el curso ordinario de los negocios. Los defectos serán notificados por nosotros inmediatamente después de su descubrimiento. A este respecto, el proveedor renuncia a la objeción de la notificación tardía de los defectos. 

8.2 Se aplicarán las disposiciones legales sobre defectos materiales y defectos de titularidad, salvo que se estipule lo contrario. 

8.3 Por principio, tendremos derecho a elegir el tipo de ejecución posterior. El proveedor puede rechazar el tipo de prestación posterior elegido por nosotros si solo es posible con un costo desproporcionado. 

8.4 Si el proveedor no comienza a subsanar el defecto inmediatamente después de nuestro requerimiento, tendremos derecho, en casos urgentes, en particular para evitar un peligro agudo o un daño mayor, a subsanar el defecto nosotros mismos o hacer que lo subsane un tercero a costa del proveedor. 

8.5 En caso de defectos de titularidad, el proveedor también nos indemnizará por las reclamaciones existentes de terceros, a menos que no sea responsable del defecto de titularidad. 

8.6 Las reclamaciones por defectos están sujetas a un plazo de prescripción de 3 años -salvo en los casos de intención fraudulenta-, a menos que el artículo haya sido utilizado para una construcción de acuerdo con su uso habitual y haya causado su defectuosidad. El plazo de prescripción comienza con la entrega del objeto del contrato (transferencia del riesgo). 

8.7 Si el Proveedor cumple con su obligación de cumplimiento posterior mediante una entrega de sustitución, el plazo de prescripción de la mercancía entregada en sustitución empezará a correr de nuevo tras su entrega, a no ser que el Proveedor se haya reservado de forma expresa y adecuada en el momento del cumplimiento posterior el derecho a realizar la entrega de sustitución solo como gesto de buena voluntad, para evitar conflictos o en interés de la continuación de la relación de suministro. 

8.8 Si, como consecuencia de la entrega defectuosa del objeto del contrato, incurrimos en costes, en particular, de transporte, desplazamiento, mano de obra, instalación, desmontaje y costos de material o costos de una inspección de entrada de mercancías que exceda el ámbito habitual, el proveedor correrá con estos costos.

9. RESPONSABILIDAD DEL PRODUCTO

9.1 En el caso de que se presente una reclamación contra nosotros sobre la base de la responsabilidad del producto, el proveedor estará obligado a indemnizarnos por dichas reclamaciones si y en la medida en que el daño haya sido causado por un defecto en el objeto del contrato entregado por el proveedor. Sin embargo, en los casos de responsabilidad por culpa, esto solo se aplicará si el proveedor es culpable. Si la causa del daño se encuentra en el ámbito de responsabilidad del proveedor, éste debe demostrar que no es culpable. 

9.2 En los casos del párrafo. 9.1 todos los costos y gastos, incluidos los costos de cualquier acción legal. 

9.3 En todos los demás aspectos, se aplicarán las disposiciones legales. 

9.4 Antes de emprender una acción de retirada que sea total o parcialmente resultado de un defecto en el objeto del contrato entregado por el proveedor, informaremos al proveedor, le daremos la oportunidad de cooperar e intercambiaremos opiniones con él sobre la aplicación eficiente, a menos que la información o la participación del proveedor no sea posible debido a una urgencia particular. En la medida en que una acción de retirada sea consecuencia de un defecto en el objeto del contrato entregado por el proveedor, éste correrá con los gastos de la acción de retirada.

10. DERECHOS DE DESISTIMIENTO Y RESCISIÓN

10.1 Además de los derechos legales de rescisión, tendremos derecho a rescindir o resolver el contrato con efecto inmediato si el proveedor ha dejado de suministrar a sus clientes, si se produce o amenaza con producirse un deterioro importante de la situación financiera del proveedor y, como consecuencia, se pone en peligro el cumplimiento de una obligación de suministro frente a nosotros, si el proveedor se vuelve insolvente o se sobreendeuda o si deja de efectuar los pagos. 

10.2 También tendremos derecho a rescatar o rescindir el contrato si el proveedor solicita la apertura de un procedimiento de insolvencia o de un procedimiento comparable para la liquidación de deudas respecto a su patrimonio. 

10.3 Si el proveedor ha realizado un cumplimiento parcial, solo tendremos derecho a rescindir el contrato completo si no tenemos interés en el cumplimiento parcial. 

10.4 Si rescatamos o resolvemos el contrato sobre la base de los mencionados derechos contractuales de rescisión o terminación, el proveedor deberá indemnizarnos por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de ello, a menos que no sea responsable de la aparición de los derechos de rescisión o terminación. 

10.5 Los derechos y reclamaciones legales no se ven afectados por las disposiciones de esta sección. 10 las regulaciones contenidas en él no están restringidas. 

11. EJECUCIÓN DE LAS OBRAS

Las personas que realicen trabajos en las instalaciones de la fábrica en cumplimiento del contrato deberán observar las disposiciones de los respectivos reglamentos de la fábrica. Queda excluida la responsabilidad por los accidentes que sufran estas personas en las instalaciones de la fábrica, siempre que no hayan sido causados por un incumplimiento intencionado o gravemente negligente de las obligaciones por parte de nuestros representantes legales o auxiliares ejecutivos. 

12. PUESTA A DISPOSICIÓN

Los materiales, las piezas, los envases y los embalajes especiales proporcionados por nosotros son de nuestra propiedad. Solo se pueden utilizar de la forma prevista. El procesamiento de los tejidos y el montaje de las piezas se hacen por nosotros. Se acuerda que somos copropietarios de los productos fabricados con nuestros materiales y piezas en la proporción entre el valor de los materiales suministrados y el valor del producto total, que son guardados
para nosotros por el proveedor.

13. DOCUMENTACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD

13.1 Toda la información comercial o técnica puesta a disposición por nosotros (incluidas las características que deben tomarse de los objetos, documentos o software entregados y cualquier otro conocimiento o experiencia) se mantendrá, mientras y en la medida en que no sea demostrablemente conocida públicamente, en secreto frente a terceros y solo podrá ponerse a disposición en la propia empresa del proveedor a aquellas personas que deban participar necesariamente en su uso a efectos de la entrega a nosotros y que también estén obligadas a mantener el secreto; seguirá siendo nuestra propiedad exclusiva. Dicha información no puede ser reproducida ni utilizada comercialmente sin nuestro consentimiento previo por escrito, excepto para entregas a nosotros. A petición nuestra, toda la información procedente de nosotros (incluidas las copias o registros realizados, en su caso) y los artículos proporcionados en préstamo deben sernos devueltos inmediatamente y en su totalidad o destruidos. Nos reservamos todos los derechos sobre dicha información (incluidos los derechos de autor y el derecho a solicitar derechos de propiedad industrial como patentes, modelos de utilidad, protección de semiconductores, etc.). En la medida en que estos hayan sido puestos a nuestra disposición por terceros, esta reserva de derechos también se aplicará a favor de estos terceros. 

13.2 Los productos fabricados según documentos diseñados por nosotros, como dibujos, modelos y similares, o según nuestra información confidencial o con nuestras herramientas o herramientas copiadas no podrán ser utilizados por el propio proveedor ni ofrecidos o entregados a terceros. Esto también se aplica de forma análoga a nuestros pedidos de impresión. 

14. CONTROL DE EXPORTACIONES Y ADUANAS

El proveedor está obligado a informarnos en sus documentos comerciales de cualquier requisito de autorización para la (re)exportación de sus mercancías de acuerdo con la normativa alemana, europea, estadounidense sobre exportación y aduanas, así como con la normativa sobre exportación y aduanas del país de origen de sus mercancías. A tal efecto, el proveedor deberá facilitar la siguiente información al menos en sus ofertas, confirmaciones de pedido y facturas de los artículos correspondientes: 

– el número de la lista de exportación de acuerdo con el anexo AL del Reglamento de Comercio Exterior y Pagos de Alemania o
elementos de lista comparables de las listas de exportación pertinentes, 

– en el caso de las mercancías estadounidenses, el ECCN (número de clasificación de control de las exportaciones) de acuerdo con la normativa estadounidense de administración de las exportaciones (EAR), 

– el origen comercial de sus bienes y los componentes de sus bienes, incluyendo la tecnología y el software, 

– si las mercancías fueron transportadas a través de EE.UU., fabricadas o almacenadas en EE.UU., o fabricadas con tecnología estadounidense, 

– el número de mercancía estadística (código HS) de sus mercancías, y 

– una persona de contacto en su empresa para aclarar cualquier duda nuestra.

A petición nuestra, el proveedor está obligado a facilitarnos por escrito todos los demás datos de comercio exterior relativos a sus mercancías y sus componentes y a informarnos por escrito y sin demora (antes de la entrega de las correspondientes mercancías afectadas por ello) de todas las modificaciones de los datos mencionados. 

15. CUMPLIMIENTO

15.1 El Proveedor se compromete a cumplir con las respectivas normas legales sobre el tratamiento de los empleados, la protección del medio ambiente y la seguridad laboral y a trabajar para reducir los efectos adversos sobre las personas y el medio ambiente en sus actividades. Para ello, el proveedor establecerá y seguirá desarrollando un sistema de gestión conforme a la norma ISO 14001 en la medida de sus posibilidades. Además, el proveedor deberá observar los principios de la Iniciativa del Pacto Mundial de las Naciones Unidas. Éstas se refieren esencialmente a la protección de los derechos humanos internacionales, el derecho a la negociación colectiva, la abolición del trabajo forzado y del trabajo infantil, la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación, la responsabilidad medioambiental y la prevención de la corrupción. Para más información sobre la iniciativa del Pacto Mundial de las Naciones Unidas, consulte www.unglobalcompact.org. 

15.2 En el caso de que un proveedor se comporte de forma reiterada y/o a pesar de un aviso correspondiente de forma contraria a la ley y no demuestre que la infracción de la ley ha sido subsanada en la medida de lo posible y que se han tomado precauciones razonables para evitar infracciones de la ley en el futuro, nos reservamos el derecho de rescatar los contratos existentes o de rescindirlos sin previo aviso. 

16. LUGAR DE EJECUCIÓN

El lugar de cumplimiento será el lugar en el que deben entregarse las mercancías según el pedido o en el que debe prestarse el servicio. 

17. DISPOSICIONES GENERALES

17.1 Si alguna de las disposiciones de estas condiciones y de los acuerdos posteriores fuera o llegara a ser inválida, ello no afectará a la validez del resto de las condiciones. Las partes contratantes estarán obligadas a sustituir la disposición inválida por otra que se acerque lo más posible a ella en términos de éxito económico. 

17.2 Las relaciones contractuales se regirán exclusivamente por el derecho alemán, excluyendo las normas de conflicto de leyes y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG). 

17.3 El lugar de jurisdicción para todas las disputas legales que surjan directa o indirectamente de las relaciones contractuales basadas en estos Términos y Condiciones de Compra será Stuttgart. El Juzgado de Primera Instancia de Stuttgart (70190 Stuttgart) es responsable de los procedimientos ante los tribunales locales. Además, tenemos derecho a demandar al proveedor, a nuestra elección, ante el tribunal de su sede o sucursal o ante el tribunal del lugar de cumplimiento. 

Sujeto a cambios sin previo aviso / Versión: Julio 2021